Se produjo una infracción de reclutamiento relacionada con NIL en el programa de fútbol del estado de Florida

Un entrenador asistente de fútbol americano de Florida State violó las reglas de la NCAA cuando facilitó una conexión de reclutamiento inadmisible entre un prospecto de transferencia y una promoción, según el Acuerdo del Comité de Infracciones de la División I. Durante ese contacto, el promotor promovió la oferta para asistir a Florida State y ofreció un nombre, una foto y un contrato similar como incentivo de reclutamiento. Posteriormente, el segundo entrenador violó el código de conducta ética al proporcionar información falsa o engañosa sobre su participación en la reunión organizada.

La escuela, el entrenador asistente y el personal encargado de hacer cumplir la ley admitieron que la violación ocurrió después de que un posible estudiante-atleta transferido ingresó al portal de transferencias de la NCAA y se comunicó con el entrenador asistente para concertar una visita oficial al estado de Florida. Durante esa visita, el entrenador asistente llevó al prospecto y a sus padres a una reunión fuera del campus con un refuerzo, que en ese momento era el director ejecutivo de un conglomerado NIL y también era un refuerzo. Prospect y sus padres dijeron que les dijeron que se reunirían con el entrenador asistente Booster. El técnico no permaneció en la reunión.

Durante la reunión, Booster promovió su oferta para inscribirse en Florida State y le ofreció una oferta NIL por un valor aproximado de $15,000 por mes durante su primer año en la escuela. Después de la reunión, el promotor se comunicó con el cliente potencial y con su madre a través de un mensaje de texto y/o una llamada telefónica. Después de un tiempo, el prospecto eliminó su nombre del portal de transferencias y permaneció en su escuela anterior. El cliente potencial no ha celebrado ningún contrato con el promotor ni ha recibido ninguna compensación relacionada.

Los funcionarios escolares y policiales reconocieron que la reunión con Booster violó varias reglas de reclutamiento. Específicamente, la multitud constituía un contacto de reclutamiento inadmisible porque los impulsores no eran reclutadores autorizados y, en general, no podían interactuar con los prospectos en persona, fuera del campus. Booster también violó las reglas de reclutamiento cuando comenzó a contactar al prospecto y a su madre por teléfono. Además, la oportunidad NIL propuesta por el impulsor creó un incentivo de reclutamiento inadmisible.

La escuela, el personal encargado de hacer cumplir la ley y el entrenador asistente también admitieron durante la investigación del personal encargado de hacer cumplir la ley que el entrenador asistente violó el Código de Conducta No Ética. Específicamente, en dos ocasiones, se negó a facilitar una reunión entre el promotor, el prospecto y la familia del prospecto. Sin embargo, el entrenador asistente fue sincero sobre aspectos de las violaciones, incluido el reconocimiento de su papel en el transporte del prospecto y sus padres al lugar donde se reunieron con Booster. Aunque proporcionar información falsa y engañosa históricamente ha respaldado una infracción de Nivel I, los hechos y circunstancias únicos de este caso respaldaron una infracción de Nivel II.

El caso se resolvió mediante negociaciones. Este proceso se utilizó en lugar de una investigación formal o una acción sumaria porque la universidad, el personal encargado de hacer cumplir la ley y el entrenador asistente acordaron las infracciones y sanciones. El Comité de Infracciones de la División I revisó el caso para determinar si la resolución redundaba en beneficio de la asociación y si las sanciones acordadas eran razonables. Las resoluciones negociadas no pueden ser apeladas y no sientan precedente para otros casos de infracción.

La universidad, el personal encargado de hacer cumplir la ley y el entrenador asistente acordaron sanciones estándar de Nivel II para la universidad y sanciones mejoradas de Nivel II para el entrenador asistente, utilizando los umbrales identificados por las pautas de sanciones por infracción autorizadas por miembros de la División I. La decisión contiene la lista completa de sanciones autorizadas por el Comité por infracciones:

  • Período de prueba de dos años.
  • Una orden de causa de exhibición de dos años para el entrenador asistente, una suspensión de los próximos tres juegos de la temporada regular, una restricción de dos semanas en las comunicaciones de reclutamiento y la asistencia requerida a un seminario de reglas regionales de la NCAA.
  • Una restricción del reclutamiento fuera del campus para un entrenador asistente en el otoño de 2023.
  • Tres años de baja del refuerzo.
  • Un año de salida del nido.
  • Multa de 5.000 dólares y el 1% del presupuesto del fútbol.
  • Reducción del 5% en las becas de fútbol durante un periodo de prueba de dos años, hasta un total de cinco becas.
  • La asistencia oficial (remunerada) al programa de fútbol se redujo a siete para el año académico 2023-24. La escuela no reemplazará seis visitas oficiales no utilizadas a partir del año escolar 2022-23.
  • Una reducción de las comunicaciones de reclutamiento en el fútbol por un total de seis semanas para los cursos académicos 2023-24 y 2024-25.
  • Una reducción en el número de días de contratación para el año académico 2023-24 en seis días de evaluación en el otoño de 2023 y 18 días en la primavera de 2024.

Los miembros del Comité de Infracciones provienen de miembros de la NCAA y miembros del público. Los miembros del panel que revisó el caso fueron el investigador jefe del panel y Tricia Turley Brandenburg, directora ejecutiva asociada de deportes y administradora senior de mujeres en Army West Point. Stephen Madwa, abogado de práctica privada; y Vince Nicastro, comisionado adjunto y director de operaciones de la Conferencia Big East.

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